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¿Qué es una persona física?: Definición y pasos para registrarse en el SAT

Carolina Lizarazo
Revisado por
Tiempo de lectura:
27 min

Una persona física es un término que pareciera responderse por sí mismo, sin embargo, en materia de impuestos, este concepto jurídico va más allá de lo que usualmente se cree.

También conlleva una serie de condiciones y beneficios, como disponer de los bienes propios a discrecionalidad o poder optar por el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que ofrece ventajas para el cumplimiento de obligaciones fiscales en comparación con el de las personas morales.

Primero, veamos con más detalle lo que significa e involucra ser una persona física para después analizar los distintos regímenes fiscales aplicables a las personas físicas.

¿Qué es una persona física?

La persona física, también conocida como persona natural, es todo aquel cuya existencia real sea comprobable y que por el propio hecho de existir como ser humano, adquiere una serie de derechos y deberes frente a la sociedad. 

Privilegio que, si bien ahora todos tenemos, no es difícil recordar momentos en la historia donde no todos los seres humanos eran personas físicas, por esto, el concepto de persona física trasciende al de ser humano.

Veamos cómo está definido y regulado en el Código Civil Federal de México, el artículo 22 establece:

«La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código». 

Complementado con lo establecido en el artículo 24 de la misma ley, que expone:

«El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley».

En este sentido, las personas físicas con mayoría de edad poseen capacidad jurídica, es decir son sujetos con derechos y obligaciones. Esto les permite  ejercer actividades comerciales, políticas y sociales, respaldados por una jurisdicción que vele por la protección de sus derechos.

Es importante destacar que una persona moral, difiere de una persona física, pues no implica únicamente a un individuo, sino que puede representar a una empresa, sociedad mercantil o asociación civil y puede incluir un conjunto de personas físicas bajo la misma persona moral, entre otras diferencias.

Características de una persona física

Las personas naturales recogen una serie de características, conocidas como atributos de personalidad, que las diferencian de otros conceptos jurídicos como las personas morales, entre las que destacan:

Nombre 

Toda persona física se compone de dos partes que son el nombre de pila y el apellido, mientras que la personalidad jurídica se identifica por una denominación o razón social.

Domicilio 

Entendiéndose este como el lugar donde se asienta un individuo o donde ejerce habitualmente su profesión, pudiendo tener varios simultáneamente, entre ellos se destacan:

  • El domicilio real, donde el individuo reside con una frecuencia mayor a seis meses.
  • El domicilio legal, que fija la ley donde el individuo estará sujeto a ciertos derechos u obligaciones.
  • El domicilio convencional, entendido como aquel designado para el cumplimiento de determinadas obligaciones, como celebración de contratos u otros instrumentos.
  • El domicilio fiscal, designado por el propio individuo y donde la persona pudiese ejercer la mayor parte de sus negocios.

Estado civil 

Va más allá de la relación jurídica de la persona con su familia o los miembros que la componen, ya que define rasgos como el nacimiento, la nacionalidad, la edad, el género o el supuesto matrimonio.

En el caso de la jurisprudencia de México, las personas físicas pueden ser mexicanas y contar con otra nacionalidad, mientras que las personas morales sólo pueden ser mexicanas cuando fueron creadas bajo las leyes nacionales y el domicilio fiscal se encuentre en este territorio.

Capacidad jurídica 

Incluye el reconocimiento por parte del Estado a libertades como la asistencia sanitaria, el derecho al voto u otros beneficios sociales. Además viene sujeta por restricciones de personalidad jurídica tales como la minoría de edad o el estado de interdicción, sin menoscabar la dignidad e integridad del individuo.

Patrimonio 

A grandes rasgos, este punto hace referencia a todo lo que la persona tiene, así como a lo que debe.

Obligaciones y regímenes fiscales de las personas físicas

Visto esto, antes de crear y poner en marcha una empresa o proyecto, es importante definir si como contribuyente se llevarán a cabo las actividades económicas como persona física o moral. Ahora que ya sabes que en la actualidad todos los seres humanos somos personas físicas, veamos qué regímenes son aplicables a las personas físicas en materia de impuestos.

Vale acotar que los regímenes en que se clasifican a las personas físicas o naturales de acuerdo a sus actividades e ingresos son: salarios y prestación de servicios, actividades profesionales y empresariales, régimen de incorporación fiscal, arrendamiento, enajenación o adquisición de bienes y demás ingresos.

A través de la estimación de ingresos que se busca obtener mediante la actividad económica, existen diferentes administraciones fiscales que se llevarán a cabo y que conllevan a ciertas obligaciones fiscales:

1. Asalariados 

Aquellas personas que perciben un sueldo por prestar sus servicios a las órdenes de un empleador y que, por tanto, tienen acceso a ciertas prestaciones sociales (aguinaldos, seguridad social, indemnizaciones, etc.).

2. Servicios profesionales (honorarios) 

Se da cuando se ofrecen servicios de manera independiente a empresas, instituciones gubernamentales u otras personas físicas, destacando puestos como contadores, abogados, médicos, traductores, escritores y aquellos sujetos que no dependen directamente de un empleador.

3. Actividades empresariales 

Una persona física con actividad empresarial es aquella que vende productos u ofrece servicios para los que no necesita un título profesional. Aquellos que cuentan con un negocio propio y realizan actividades relacionadas con el transporte, restauración y hostelería, locales comerciales, etc.

4. Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario)

Pagarán sus impuestos en este régimen las personas físicas y morales, siempre que sus ingresos por dichas actividades representen cuando menos 90% de sus ingresos totales. 

Sin importar el tipo de régimen fiscal, siempre existirá la obligación de declarar ingresos, rentas o patrimonio ante el SAT, para lo cual el primer trámite es obtener el destacando los trámites del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Por tanto, a pesar de ser sujetos del Derecho contemporáneo, las personas físicas y las personas morales no deben ser confundidas, ya que cada una posee un conjunto de derechos y obligaciones que las distinguen frente al Estado y la Sociedad. 

De hecho, hoy en día la población mexicana se compone de casi 78 millones de contribuyentes activos de los cuales un 38% lo constituyen personas físicas con actividad empresarial.

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4 Pasos para darte de alta como persona física

A pesar de ser una condición que hoy en día tenemos, por el simple hecho de nacer, a la hora de emprender un negocio como persona física es necesario darnos de alta y cumplir con ciertos requerimientos de la ley mediante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), donde se deberán seguir los siguientes pasos:

1. Solicitar cita

Para darte de alta ante el SAT debes de agendar una cita con tu Clave de Registro Único de la Población (CURP). Ahí tendrás la opción de inscribirte en el RFC de manera presencial en tu módulo más cercano del SAT para entregar la documentación del trámite. 

2. A la hora de acudir a la cita

Una vez ahí, la documentación que debes de entregar a la autoridad fiscal es:

  • Acuse de preinscripción al RFC.
  • Comprobante del domicilio fiscal.
  • Identificación oficial. 
  • Acta de nacimiento.
  • En el caso de los extranjeros, una carta de naturalización o documento migratorio vigente.

3. Recepción de documentos

Tras tu cita, obtendrás una hoja de vista previa con tus datos, así como la inscripción al RFC y la cédula de identificación fiscal.

4. Solicitar e.firma

Con los documentos recibidos previamente podrás realizar la solicitud de la e.firma, en caso de ser de interés para otros trámites administrativos.

Como se pudo observar, emprender un negocio como persona física tiene algunas ventajas o desventajas a la hora de realizar trámites administrativos, siendo en especial una forma adecuada para las pequeñas y medianas empresas. 

Sin embargo, uno de los obstáculos bajo esta modalidad es la inversión y gastos que se originen, tomando en cuenta las labores de administración y gestión, implicando además unos impuestos más elevados cuando se trate del volumen de beneficios de la empresa.

Para concluir, bien sea como empleado, profesionista o comerciante, ser una persona física implica una serie de derechos, obligaciones, ventajas y desventajas a las que respondemos frente a la legislación de cada país y de las que se debe estar atento a la hora de tomar la decisión de emprender en cualquier tipo de actividad económica.



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Bibliografía

Escrito por:
Carolina Lizarazo
Brand Manager

Carolina Lizarazo, Lead del equipo de brand. Egresada de la Universidad de La Sabana, Bogotá, Colombia, con 8 años de experiencia en Brand, Marketing digital, y e-commerce.

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